Sociedad
Disolver o terminar tu empresa en el Registro
La disolución (o terminación) pone fin a la sociedad. En el régimen simplificado se hace suscribiendo el formulario respectivo en el Registro de Empresas y Sociedades (L20659 Art. 14), sin escritura ante notario. Es el paso societario; el cierre tributario (término de giro) se hace aparte ante el SII.
A quién aplica
Los titulares de los derechos sociales o de las acciones con derecho a voto al momento del acto, o sus representantes legales o apoderados (L20659 Art. 14). En una EIRL, el titular; en una sociedad, los socios según lo que exija su estatuto.
Cuándo
Cuando decidas cerrar la empresa. Conviene hacer el trámite societario en el Registro y, en paralelo, el término de giro ante el SII para cerrar el ciclo tributario y dejar de tener obligaciones mensuales.
Paso a paso
- 1
Deja registrado el acuerdo de disolución de los socios (o la decisión del titular en una EIRL).
- 2
Ingresa al Registro de Empresas y Sociedades con la Clave Única y busca tu sociedad.
- 3
Elige "Disolver" o "Terminar" y completa el formulario respectivo.
- 4
Firma con Firma Electrónica Avanzada o Clave Única todos quienes deban concurrir al acto.
- 5
Inscrita la disolución, haz el término de giro ante el SII para cerrar el ciclo tributario (Art. 69 del Código Tributario).
Fundamento legal: L20659 Art. 14